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¡Conseguimos las Máximas Indemnizaciones por Despido!

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Letrados con amplia experiencia en todo tipo de despidos en Bilbao.

¿Te han despedido y necesitas asesoramiento?

Cuando alguien es despedido, le sobrevienen un sinfín de dudas: ¿es justo mi despido?, ¿son válidas las razones que argumenta la empresa para despedirme?, ¿tengo derecho a recibir indemnización?, ¿puedo exigir mi reincorporación?

Como Bufete Laboralista experto en despidos, trabajamos para ofrecerte la mejor defensa jurídica y lograr la máxima indemnización que por Ley te corresponda.

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Todas estas preguntas tienen respuesta. Tan solo es necesario analizar con atención cada caso particular y determinar a qué tipo de despido se está enfrentando el trabajador, de entre todos los que existen. Y, en caso de considerar que el empresario no está obrando justamente, realizar las pertinentes reclamaciones judiciales.

Somos un bufete de abogados especializados en la reclamación de indemnizaciones por despido laboral. Puedes confiar en el buen hacer de nuestros profesionales para un defensa de tus intereses con garantía de éxito.


Despido disciplinario, objetivo, colectivo… ¿qué hacer en cada caso?

El despido disciplinario

Si el trabajador incumple gravemente su contrato o incurre en algún tipo de infracción, la empresa podrá despedirlo disciplinariamente. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores es el que establece las causas por las que se podría efectuar un despido disciplinario.

Aparte, cada convenio colectivo puede añadir o complementar lo contemplado en el Estatuto de los Trabajadores.

El despido objetivo

En este supuesto, la empresa argumenta razones económicas, organizativas, técnicas o relacionadas con la producción. También si concurren causas de fuerza mayor o si el trabajador demuestra incapacidad para adaptarse a su puesto de trabajo será posible formalizar un despido objetivo.

El despido objetivo da lugar a una indemnización, que se corresponde con 20 días de sueldo por cada año trabajado, hasta un total de 12 mensualidades.

El despido colectivo

El despido colectivo es un tipo de despido objetivo que afecta a varios empleados. El número de trabajadores de la empresa determinará cuántos de ellos han de ser despedidos para que se trate efectivamente de un despido colectivo.

La indemnización en este caso es la misma: 20 días por año trabajado, hasta 12 mensualidades.

La calificación judicial: despido procedente, improcedente o nulo

En cualquiera de los supuestos anteriores, es posible impugnar el despido antes de que transcurran 20 días hábiles desde su comunicación. En respuesta, el juez podrá calificarlo como:

  • Procedente: si está justificado y se ha efectuado acorde al procedimiento.
  • Improcedente: cuando no está justificado, o el procedimiento no ha sido el adecuado. Esta calificación dará lugar a una indemnización o a la reincorporación del trabajador.
  • Nulo: si afecta a trabajadores que cuentan como una especial protección, como las mujeres embarazadas o las personas que se encuentren de baja o de permiso. Además de reincorporar al trabajador, al declararse nulo el despido la empresa tendrá que abonarle los salarios de tramitación.

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